España aprueba pena de prisión para quienes oren frente a clínicas de aborto.



El pasado miércoles, el Senado de España aprobó penas de prisión para los activistas pro-vida que rezan frente a las clínicas de aborto. El cambio en el Código Penal fue propuesto por el Partido Socialista del presidente Pedro Sánchez y ya había sido aprobado por el Congreso. 
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La nueva ley establece penas de prisión de 3 meses a 1 año o trabajos comunitarios para quienes “con el fin de obstaculizar el ejercicio del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, hostiguen a una mujer mediante actos irritantes, ofensivos, intimidatorios o coercitivos que lesionen su libertad”. 
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Las mismas penas también se aplican a quienes interactúen con los profesionales de la salud que practican abortos. El tribunal también podría prohibir a los activistas “ir a ciertos lugares por un período de seis meses a tres años”.

Ahora, según la ley, los manifestantes pro-vida que oren frente a las clínicas de aborto pueden ser condenados sin necesidad de una “denuncia de la persona lesionada o representación legal”.

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La abogada penalista Bárbara Royo destacó que la ley es problemática ya que los activistas provida no actúan contra las mujeres, sino contra la práctica del aborto. 

“Es difícil imaginar cómo se puede condenar a quienes se manifiestan con una bandera frente a un centro abortivo porque su presencia no es contra ninguna mujer en particular, sino contra una práctica que para ellos, por sus creencias, su ideología o su la religión no es admisible”, dijo Royo al diario El Debate.

Añadió: “Sin mencionar que un simple atestado policial, sin denuncia previa de la posible víctima, sirve como motivo de sanción, elimina el principio básico de que para que haya delito debe haber una víctima determinada, en este caso una mujer, que es el objetivo identificable de la coerción”.

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